Inversiones ESG, demasiados costes y burocracia: Etica Funds manda una carta al Departamento de Trabajo de los Estados Unidos de América (DOL, Department of Labor).
DOL, propuesta sobre las inversiones ESG
El DOL ha presentado una directriz para aclarar la aplicación de los deberes fiduciarios de prudencia de acuerdo con el Employee Retirement Income Security Act (ERISA) de 1974 para las inversiones ESG en los planes de pensiones. El secretario de trabajo Eugene Scalia ha explicado la lógica de la nueva regla: «Los planes de pensiones privados financiados por los empresarios no son vehículos para promover objetivos sociales u objetivos políticos que no formen parte del interés financiero del plan».
ERISA establece las normas mínimas que regulan el funcionamiento de los planes de jubilación para los empleados del sector privado: pide a los fiduciarios que pongan en práctica planes que sean exclusivamente del interés de los participantes y de los beneficiarios, con el único fin de ofrecer beneficios y pagar los gastos del plan, con atención y prudencia.
La norma propuesta por el Departamento de Trabajo ha sido ideada para aclarar que los fiduciarios del plan ERISA no pueden invertir en inversiones ESG si, de este modo, se reduce el rendimiento ajustado al riesgo por objetivos no financieros.
Los puntos débiles de la propuesta del DOL
Según la opinión de las principales redes de investigadores sostenibles y responsables de las cuales Etica forma parte (en particular PRI y ICCR), la propuesta que se está debatiendo presentaría costosos requisitos burocráticos y de cumplimiento normativo. Con esta propuesta se pondría un obstáculo a las inversiones ESG y se disuadiría a los inversores de las instituciones de los EE. UU. para que no ofrecieran fondos ESG.
En especial, según la red PRI, la propuesta es confusa, improvisada y sirve para definir de manera incorrecta la integración de las ESG como una clase de activo (asset class) más que como un modo de gestión prudente del riesgo, importante para todas las clases de activos. Además, la PRI añade que quienes regulan los principales mercados mundiales preguntan a los principales inversores fiduciarios (por ejemplo, los fondos de pensiones) si sus inversiones tienen en cuenta los factores ESG y cómo lo hacen, mientras que la propuesta del DOL representa un paso significativo en dirección opuesta a la de los mercados del resto del mundo.
La opinión de ICCR
La red ICCR ha redactado una carta en la que se expone por qué el DOL debería retirar esta propuesta, detallando los efectos nocivos que esta podría tener sobre las inversiones ESG así como la falta de justificaciones adecuadas de tipo económico y de análisis costes-beneficios.
Los principales puntos señalados por el ICCR abordan los aspectos siguientes.
- La propuesta no proporciona reglas claras sobre las circunstancias en que los fiduciarios podrían escoger inversiones ESG en función de factores prohibidos (por ejemplo, los no vinculados a beneficios económicos). Por el contrario, afirma que los fiduciarios «pueden» tomar decisiones por motivos no admisibles, y que los productos de inversión «pueden» comercializarse a los fiduciarios en función de beneficios no económicos. No se acompaña ninguna justificación que aclare estas afirmaciones.
- La propuesta ignora el hecho de que los gestores de inversiones podrían considerar la incorporación de factores ESG como adecuada y en consonancia con las consideraciones fiduciarias y financieras. Muchas investigaciones muestran una correlación positiva entre la incorporación de ESG y los resultados financieros.
- Es muy difícil definir cuándo los factores ESG no se consideran relevantes desde el punto de vista financiero, si se tienen también en consideración las crecientes pruebas del vínculo entre dichos factores y el rendimiento financiero. Las investigaciones en curso en este sentido están evolucionando con rapidez, y el DOL no debería pedir a los fiduciarios que demuestren que los factores ESG por ellos considerados forman parte de las «teorías de inversión generalmente aceptadas», dado que dichas teorías podrían no estar actualizadas o adaptadas a nuestros días.
- No está claro cuándo se considera que la opción de inversión de un plan de contribución definida incluye valoraciones ESG en su mandato de inversión. Muchos gestores de carteras y de fondos adoptan consideraciones ESG al tomar decisiones de inversión y de voto, aunque no declaren explícitamente promover resultados de tipo ESG o seguir un enfoque específico ESG. El DOL debe aclarar que la norma propuesta no es aplicable en dichos casos.
Para ampliar la información, se puede consultar el texto completo de la carta de aclaraciones de ICCR.
Etica, por qué hemos firmado
La adhesión a esta carta se considera coherente con la misión de Etica de promover la sostenibilidad en la comunidad financiera nacional e internacional.
Además, esta adhesión constituye otra actividad comprometida llevada a cabo por Etica con autoridades normativas y gubernativas, sumándose a otras iniciativas como la carta a la OCDE sobre el compromiso en la transparencia fiscal y la carta abierta a los líderes de la UE para acciones concretas de desarrollo sostenible tras la emergencia COVID-19.
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