Política Corporativa de Etica Sgr
Las políticas corporativas que regulan a Etica Sgr, de una manera bien definida y transparente, son elementos importantes para esta sociedad, que ha convertido en baza las cuestiones medioambientales, sociales y de buen gobierno. En esta sección, proponemos nuestro Código Ético, el Modelo de Organización, Gestión y Control, las Políticas y Prácticas remunerativas y la Política de Gestión de los Conflictos de interés.
- Código Ético
- Modelo organizativo 231
- Política y Prácticas remunerativas
- Política de gestión de los conflictos de interés
Código Ético
El presente Código expresa los principios de deontología corporativa, en los que se han de inspirar constantemente todas las actividades que desempeñan los trabajadores de Etica Sgr en nombre de la sociedad.
Etica Sgr garantiza la mayor difusión del Código Ético, comunicando sus principios y valores a todos los interesados, a efectos de que los apliquen en las decisiones del día a día. Los propios trabajadores de plantilla de Etica Sgr participan en la redacción del presente Código.
El Código Ético se aplica a los comportamientos de todos los colaboradores y órganos societarios de Etica Sgr, independientemente de las funciones que desempeñen y de su responsabilidad, tanto en el ámbito operativo interno como fuera de la sociedad. Todo ello, con la convicción de que la ética del comportamiento se ha de perseguir conjuntamente y con un mismo empeño, de cara al éxito económico de la sociedad.
En particular, los administradores de la Sociedad deben inspirarse en los principios del Código a la hora de definir los objetivos de la sociedad, al proponer las inversiones y al realizar los proyectos.
Los directivos, al llevar a la práctica concretamente las actividades de gestión, se han de inspirar en los principios que figuran en el Código, reforzando el espíritu de colaboración recíproca entre todos los niveles jerárquicos.
Todos los trabajadores de Etica Sgr tienen la obligación de conocer las normas que figuran en el Código Ético, así como las normas de referencia que regulan las actividades que realizan en el ámbito de sus funciones: del mismo modo, tienen prohibido comportarse de manera contraria a dichas normas.
Modelo organizativo 231
El Decreto Legislativo Nº 231 de 8 de junio 2001 reglamenta la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas, de las sociedades y de las asociaciones, incluidas las que carecen de personería jurídica, a tenor del artículo 11 de la Ley Nº 300 de 29 de septiembre de 2000.
Política y Prácticas remunerativas
El documento Políticas y Prácticas remunerativas expone las políticas que Etica Sgr adopta en dicho rubro. Y se propone garantizar la mayor transparencia en todo lo tocante a los principios y los mecanismos retributivos que rigen la sociedad.
El documento fue aprobado por la Junta General de Accionistas del 29 de abril de 2020 en Milán.
Política de gestión de los conflictos de interés
Los trabajadores de plantilla, los miembros de los órganos sociales y, en general, todos los que actúen en nombre y representación de Etica SGR deben evitar todas las situaciones posibles de conflicto de intereses.
A título de ejemplo y sin trazar límite alguno, las situaciones que pueden provocar un conflicto de intereses son las siguientes:
- participar en la toma de decisiones inherentes a negocios relacionados con personas, con las que el trabajador o un familiar directo del mismo tengan intereses, o de los que podría derivar un interés personal;
- usar el nombre de Etica SGR para obtener ventajas personales;
- proponer o aceptar acuerdos de los que puedan derivar ventajas personales;
- llevar a cabo acciones, celebrar acuerdos y, en general, tener cualquier tipo de comportamiento que, directa o indirectamente, pueda causar un daño a Etica SGR y/o al Grupo, incluso en términos de imagen y/o credibilidad en el mercado;
- entrar en conflicto con los intereses de Etica SGR, influyendo en la autonomía decisoria de quienes deban definir las relaciones comerciales con o para Etica SGR.